Preguntas frecuentes

Se entiende por industria al conjunto de procesos y actividades que tienen como finalidad transformar las materias primas en productos elaborados (Ley 392-07, artículo 2, literal a).

Se entiende por industria manufacturera a la transformación física y/o química de materiales y componentes en productos distintos, ya sea que el trabajo se efectúe con máquinas o a mano dentro de una fábrica y que los productos se vendan al por mayor o al por menor (Ley 392-07, artículo 2, literal b).

La industria manufacturera local hace referencia a aquellas industrias que están acogidas al régimen ordinario de tributación, mientras que la industria manufacturera de zonas francas hace referencia a aquellas que están acogidas al régimen especial estipulado en la Ley 8-90 sobre el Fomento de las Zonas Francas.

La desagregación de la actividad manufactura local, adaptada a las características de la República Dominicana, comprende 14 ramas (Manual de Cuentas Nacionales año referencia 2007, BCRD):

  1. Procesamiento y conservación de carne
  2. Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal y animal
  3. Elaboración de productos lácteos
  4. Elaboración de productos de molinería
  5. Elaboración de azúcar
  6. Elaboración de otros productos alimenticios
  7. Elaboración de bebidas y productos de tabaco
  8. Elaboración de productos textiles, prendas de vestir, productos de cuero y calzado
  9. Fabricación de productos de la refinación del petróleo
  10. Fabricación de sustancias y productos químicos
  11. Fabricación de productos de caucho y plástico
  12. Fabricación de otros productos minerales no metálicos
  13. Fabricación de metales comunes
  14. Otras manufacturas

La Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU) es la clasificación internacional de referencia de las actividades productivas. Su propósito principal es ofrecer un conjunto de categorías de actividades que se pueda utilizar para la reunión y difusión de datos estadísticos de acuerdo con esas actividades. La revisión mas reciente es la 4ta, la cual fue examinada y aprobada por la Comisión de Estadística en su 37º período de sesiones, celebrado en marzo de 2006, como la norma internacionalmente aceptada (Naciones Unidas, 2009).

El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA), denominado comúnmente «Sistema Armonizado», es un sistema internacional para clasificar las mercancías elaborado por la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Se trata de un sistema de clasificación general de aproximadamente 5,000 categorías de productos de seis dígitos en una estructura jerárquica, por secciones, capítulos (2 dígitos), partidas (4 dígitos), subpartidas (6 dígitos) y acompañada de normas de aplicación y notas explicativas. Permite a los operadores económicos, aduaneros y legisladores de cualquier país identificar el mismo producto mediante un código numérico (Organización Mundial de Aduanas).

Industrias RD es una plataforma digital interactiva donde se pone a disposición del público estadísticas e informaciones relevantes sobre las industrias de manufactura local de República Dominicana. El portal permite conocer a nivel de actividad económica y de tamaño empresarial, aspectos valiosos de las industrias manufactureras locales. Asimismo, facilita la búsqueda y análisis de dichas informaciones para identificar las necesidades existentes y oportunidades de mejora que tienen las industrias manufactureras para su crecimiento y desarrollo.

El portal va dirigido a hacedores de políticas públicas, empresarios, investigadores y estudiantes interesados en el sector de manufactura local de República Dominicana.

Los perfiles económicos sectoriales son breves reportes donde se explica el desempeño exhibido por diversos subsectores industriales en los principales indicadores económicos, entre los cuales se encuentran valor agregado, ventas, recaudaciones, empleo, comercio exterior y crédito. Estos perfiles ofrecen una mirada concisa y clara a cualquier lector que desee conocer en términos generales cuál es el aporte económico de cada uno de los subsectores industriales.

El MICM es el órgano rector y el encargado de la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios de la industria y otros sectores (Ley 37-17, artículo 1).